{"id":3476,"date":"2026-10-06T12:04:23","date_gmt":"2026-10-06T10:04:23","guid":{"rendered":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/?p=3476"},"modified":"2026-10-06T12:17:31","modified_gmt":"2026-10-06T10:17:31","slug":"certificado-presencia-ausencia-amianto-cataluna","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/blog\/certificado-presencia-ausencia-amianto-cataluna\/","title":{"rendered":"Certificado de presencia o ausencia de amianto en Catalu\u00f1a"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfVas a vender o alquilar un inmueble en Catalu\u00f1a? Desde octubre necesitas un nuevo certificado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde el <strong>3 de octubre de 2026<\/strong>, vender o alquilar un inmueble en Catalu\u00f1a implica un tr\u00e1mite nuevo: <strong>acreditar si existe o no amianto en la propiedad<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La entrada en vigor de la <strong>Ley 8\/2026, de 2 de julio, de erradicaci\u00f3n del amianto<\/strong>, incorpora el <strong>certificado de presencia o ausencia de amianto<\/strong> a la documentaci\u00f3n que debe entregarse en las operaciones de compraventa y alquiler. Un documento que hasta ahora no formaba parte de la carpeta habitual de una vivienda o un local y que afecta especialmente a los edificios construidos cuando el fibrocemento y otros materiales con amianto eran de uso habitual.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y, como suele ocurrir cuando entra en vigor una normativa nueva, estos d\u00edas circula de todo: <strong>multas de hasta 100.000 euros, certificados que supuestamente puede firmar cualquiera o la idea de que, si tienes uralita, debes retirarla obligatoriamente antes de vender<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero \u00bfqu\u00e9 exige realmente la nueva ley? \u00bfQui\u00e9n puede emitir el certificado? \u00bfHay que hacer una inspecci\u00f3n del inmueble? \u00bfY qu\u00e9 ocurre si se detecta amianto?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En <strong>Nomadas Architecture somos arquitectas y podemos preparar este certificado<\/strong>. En este art\u00edculo explicamos de forma clara <strong>qu\u00e9 exige ya la nueva ley, qu\u00e9 criterios est\u00e1 aplicando la Ag\u00e8ncia de Residus de Catalunya mientras se desarrolla el reglamento y qu\u00e9 cuestiones siguen todav\u00eda pendientes de concretar<\/strong>. Si vas a vender o alquilar una vivienda o un local en Catalu\u00f1a, esto es lo que necesitas saber.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo esencial:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Desde cu\u00e1ndo:<\/strong> la obligaci\u00f3n rige desde el 3 de octubre de 2026 en cualquier venta o alquiler de un inmueble situado en Catalu\u00f1a.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Qui\u00e9n lo firma:<\/strong> la ley lo deja para un reglamento; mientras tanto, la Ag\u00e8ncia de Residus admite a los profesionales habilitados por la LOE, entre ellos los arquitectos t\u00e9cnicos.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Multa:<\/strong> no entregarlo es infracci\u00f3n leve (100 a 3.000 euros), pero la escala sancionadora depende de un decreto que todav\u00eda no existe.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Retirada:<\/strong> no hace falta retirar el amianto para vender o alquilar. La ley obliga a informar.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Lo que la ley no fija:<\/strong> ni el precio, ni la validez del certificado, ni el corte por a\u00f1o de construcci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qu\u00e9 es el certificado de presencia o ausencia de amianto<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es un documento que informa de si un inmueble tiene amianto y, si lo tiene, en qu\u00e9 estado est\u00e1 y qu\u00e9 riesgo supone. Lo emite un t\u00e9cnico tras revisar el edificio o la vivienda, y refleja lo que hab\u00eda <strong>en la fecha en que se emiti\u00f3<\/strong>. Funciona como una foto fechada y no se actualiza sola si luego cambia el estado de los materiales. Informa, no retira nada ni exige an\u00e1lisis de laboratorio, y es un documento distinto del certificado energ\u00e9tico: si vendes o alquilas, hacen falta los dos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hasta ahora, los materiales con amianto instalados antes de la prohibici\u00f3n de 2001 pod\u00edan seguir en su sitio hasta el final de su vida \u00fatil, sin obligaci\u00f3n legal de retirarlos ni de declararlos. La ley catalana cambia ese punto de partida. Nace a ra\u00edz de un informe del S\u00edndic de Greuges de julio de 2024 y se alinea con el objetivo europeo de eliminar el amianto de los edificios a finales de 2032 (2028 en los p\u00fablicos). El certificado es la pieza que hace visible el problema en el momento en que un inmueble cambia de manos o de inquilino.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es un documento m\u00e1s de la operaci\u00f3n, como el certificado energ\u00e9tico o la <a href=\"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/blog\/como-saber-si-una-vivienda-tiene-cargas\/\">nota simple con la que compruebas si una vivienda tiene cargas<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qu\u00e9 dice el art\u00edculo 21 de la Ley 8\/2026<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/doc.php?id=BOE-A-2026-17836\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 21 de la Ley 8\/2026<\/a> define el certificado como un \u00abdocumento espec\u00edfico que informa sobre la presencia o ausencia de amianto en un inmueble en el momento de su emisi\u00f3n\u00bb y a\u00f1ade que con \u00e9l se cumple la obligaci\u00f3n de informaci\u00f3n que establece la ley. Si vas a vender o alquilar, estos son los puntos que te afectan:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Cu\u00e1ndo se entrega:<\/strong> al vender o alquilar un inmueble (art. 21.2). Lo aporta el propietario o el arrendador.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Relaci\u00f3n con el Censo catal\u00e1n:<\/strong> la entrega es \u00absin perjuicio\u00bb de consultar los datos del Censo catal\u00e1n de amianto (art. 19), que es un registro aparte.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Contenido:<\/strong> el art. 21.3 fija un m\u00ednimo, que cubre solo el amianto visible, y deja al reglamento las caracter\u00edsticas del certificado y qui\u00e9n puede emitirlo.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Desde cu\u00e1ndo es obligatorio y a qu\u00e9 inmuebles afecta<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>El 3 de octubre de 2026 y qu\u00e9 est\u00e1 ya en vigor<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Ley 8\/2026 se public\u00f3 en el <a href=\"https:\/\/dogc.gencat.cat\/ca\/document-del-dogc\/?documentId=1048790\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">DOGC el 3 de julio de 2026<\/a> y, seg\u00fan su <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/eli\/es-ct\/l\/2026\/07\/02\/8\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">disposici\u00f3n final s\u00e9ptima<\/a>, entra en vigor a los tres meses. Por eso la obligaci\u00f3n de aportar el certificado rige desde el <strong>3 de octubre de 2026<\/strong> en cualquier venta o alquiler de un inmueble situado en Catalu\u00f1a, y quien compra o alquila puede exigirlo desde ese mismo d\u00eda. La ley sali\u00f3 tambi\u00e9n en el BOE n\u00fam. 201, de 17 de agosto de 2026 (algunas gu\u00edas dicen \u00ab17 de julio\u00bb por error).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El cap\u00edtulo sancionador (arts. 49 a 58) depende de un decreto posterior, como se explica en el apartado de sanciones.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Viviendas, locales, oficinas y naves, cada unidad por separado<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 21 habla de \u00abun inmueble\u00bb y no distingue usos. Entran pisos, casas unifamiliares, locales comerciales, oficinas y naves industriales, con independencia de d\u00f3nde tenga la sede la inmobiliaria o el propietario. Lo que cuenta es que el inmueble est\u00e9 en Catalu\u00f1a.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para una unidad individual, como un piso o una oficina dentro de un edificio, la Ag\u00e8ncia de Residus indica que <strong>el certificado se refiere solo a esa unidad<\/strong>. Si vendes tu piso en una finca de los a\u00f1os setenta, no necesitas certificar el edificio entero ni ponerte de acuerdo con la comunidad. Si vendes dos pisos, o un piso y un local, son certificados distintos.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Si tu edificio es posterior a 2002<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley no pone ning\u00fan corte por a\u00f1o de construcci\u00f3n. El art\u00edculo 21 obliga a aportar el certificado al vender o alquilar un inmueble, sea del a\u00f1o que sea.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El corte lo introduce la administraci\u00f3n. En su modelo de certificado, la Ag\u00e8ncia plantea que es exigible para <strong>inmuebles anteriores a 2002<\/strong>. La fecha tiene l\u00f3gica, ya que una Orden de 7 de diciembre de 2001, que modific\u00f3 el Real Decreto 1406\/1989, prohibi\u00f3 comercializar amianto en Espa\u00f1a. Esa prohibici\u00f3n afect\u00f3 a la producci\u00f3n y la venta de materiales, no a los que ya estaban instalados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Yo tratar\u00eda 2002 como una referencia razonable, no como una exenci\u00f3n escrita en la ley. Un edificio terminado en 2003 pudo levantarse con materiales comprados antes de la prohibici\u00f3n, y una reforma posterior pudo conservar elementos antiguos. Si tu inmueble es posterior, consulta con un t\u00e9cnico antes de dar por hecho que no necesitas nada, y guarda por escrito el criterio con el que se descarta.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qu\u00e9 queda pendiente de reglamento<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley establece la obligaci\u00f3n, el contenido m\u00ednimo y el r\u00e9gimen de infracciones, pero deja bastantes detalles a un reglamento. La disposici\u00f3n final primera da al Govern <strong>un a\u00f1o desde la aprobaci\u00f3n de la ley<\/strong> (hasta julio de 2027 como plazo m\u00e1ximo) para regular, entre otras cosas:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Las caracter\u00edsticas del certificado y qui\u00e9n puede emitirlo.<\/strong><\/li>\n\n\n\n<li><strong>Los datos del Censo de amianto:<\/strong> qu\u00e9 informaci\u00f3n tendr\u00e1 que constar y c\u00f3mo se comunicar\u00e1.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Los requisitos de las entidades colaboradoras<\/strong> que participen en la gesti\u00f3n.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Los \u00f3rganos sancionadores y los criterios de las multas coercitivas.<\/strong><\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Adem\u00e1s, el <strong>Registro de empresas y profesionales capacitados<\/strong> debe crearse en seis meses desde la entrada en vigor, lo que lleva a abril de 2027 como fecha l\u00edmite. Julio y abril de 2027 son plazos m\u00e1ximos, no una fecha segura de publicaci\u00f3n del reglamento. Cuando se publique, podr\u00eda concretar tambi\u00e9n cuestiones que hoy la ley deja abiertas, como el corte por a\u00f1o de construcci\u00f3n o cu\u00e1nto tiempo sirve un certificado.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qui\u00e9n debe entregarlo, a qui\u00e9n y en qu\u00e9 momento<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El certificado lo entrega quien vende o alquila. Alrededor de la operaci\u00f3n hay m\u00e1s gente (administradores de fincas, agencias, notar\u00eda), pero la obligaci\u00f3n es solo suya.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Propietario o arrendador, comprador o inquilino<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art. 21.2 establece que la <strong>persona propietaria entrega el certificado a quien compra o arrienda<\/strong> el inmueble. Desde el otro lado, el art. 5.d recoge como derecho de la ciudadan\u00eda obtenerlo \u00aben los t\u00e9rminos legalmente establecidos\u00bb, as\u00ed que si vas a comprar o alquilar puedes pedirlo con la ley en la mano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sobre el momento, la ley es escueta. Dice que se entrega \u00abcuando se venda o alquile un inmueble\u00bb y no concreta si debe ser antes del anuncio, antes de las arras o el d\u00eda de la firma. Tampoco fija c\u00f3mo se acredita la entrega; eso queda para el reglamento, y mientras tanto conviene dejar constancia escrita, por ejemplo con un recib\u00ed firmado o una menci\u00f3n en el contrato.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Yo lo tendr\u00eda hecho <strong>antes de publicar el anuncio<\/strong>, que es tambi\u00e9n lo que recomiendan varias gu\u00edas del sector (como consejo, no como regla legal). Si el informe detecta <em>uralita<\/em> en la cubierta o en una bajante, lo sabes antes de negociar el precio y no a mitad de las arras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si est\u00e1s del lado comprador, p\u00eddelo antes de firmar arras, cuando a\u00fan puedes valorar qu\u00e9 implica lo que aparece, igual que con el resto de comprobaciones t\u00e9cnicas que repasamos en <a href=\"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/blog\/como-un-arquitecto-te-puede-asesorar-en-la-compra-de-tu-vivienda\/\">c\u00f3mo te puede asesorar un arquitecto en la compra de tu vivienda<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>El papel de administradores de fincas, inmobiliarias y notar\u00eda<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los administradores de fincas son los \u00fanicos de este grupo a los que la ley da una tarea expresa sobre el certificado. El art. 12.1.b les encarga, junto a \u00abdem\u00e1s profesionales vinculados\u00bb, \u00abvelar por que las personas propietarias de las viviendas o los inmuebles entreguen un certificado de presencia o ausencia de materiales que contienen amianto a la persona que los compra o que arrienda la propiedad, as\u00ed como asistirlas en la tramitaci\u00f3n de dicho certificado\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La obligaci\u00f3n sigue siendo del propietario; el administrador vela y asiste. En la pr\u00e1ctica, puede ayudarte a reunir la documentaci\u00f3n del edificio o a coordinar el acceso a cubiertas y patios comunitarios para la visita t\u00e9cnica. El mismo art. 12.1 les pide tambi\u00e9n comunicar la presencia de amianto que conozcan al propietario y al Censo (letra a) e informar de las ayudas disponibles (letra c).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con inmobiliarias y notar\u00eda la cosa cambia, porque la ley no las nombra como obligadas a entregar ni a comprobar el certificado. La expresi\u00f3n \u00abdem\u00e1s profesionales vinculados\u00bb del art. 12 es abierta y algunas gu\u00edas la extienden a los agentes inmobiliarios, aunque el texto no lo dice. Por prudencia, lo razonable es que la agencia te lo pida al encargarle la venta y que el certificado llegue a notar\u00eda con el resto de la documentaci\u00f3n, para que la entrega quede reflejada en la escritura o en el contrato.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Anuncios de venta y alquiler: la informaci\u00f3n sobre presencia o ausencia (art. 10.h)<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art. 10.h obliga a informar, \u00aben el marco de una relaci\u00f3n de consumo, de la presencia o ausencia de materiales que contienen amianto en cualquier oferta, promoci\u00f3n o publicidad para la venta o el alquiler de viviendas a las personas consumidoras, de acuerdo con lo que conste en el certificado\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Muchas gu\u00edas lo leen como una obligaci\u00f3n de los portales y las inmobiliarias de indicarlo en cada anuncio. Sin embargo, el art. 10 se dirige a las <strong>empresas y profesionales dedicados a actividades vinculadas con la gesti\u00f3n y retirada del amianto<\/strong>. Aplicarlo a portales o agencias inmobiliarias es una lectura posible, no texto expreso, y el reglamento tendr\u00e1 que aclararlo. Si ya tienes el certificado al publicar, puedes indicar en el anuncio lo que dice (presencia o ausencia y d\u00f3nde) sin esperar a c\u00f3mo se resuelva esa interpretaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qu\u00e9 debe incluir y c\u00f3mo se hace la inspecci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Contenido m\u00ednimo: amianto visible, estado de conservaci\u00f3n y riesgo para las personas<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 21.3 fija lo que cualquier certificado tiene que acreditar, como m\u00ednimo:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Presencia o ausencia de amianto visible<\/strong>, es decir, lo que el t\u00e9cnico puede ver en el inmueble el d\u00eda de la visita.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Estado de conservaci\u00f3n<\/strong> de los materiales que contienen amianto, si los hay.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Riesgo para las personas<\/strong>, o qu\u00e9 peligro real supone ese material tal y como est\u00e1 y donde est\u00e1.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la pr\u00e1ctica, el documento suele recoger tambi\u00e9n los datos del inmueble, la identificaci\u00f3n del t\u00e9cnico que lo firma y fotograf\u00edas de los elementos revisados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley no explica c\u00f3mo se mide ese estado ni ese riesgo, porque eso queda para el reglamento. S\u00ed da una pista en su art\u00edculo 2.h, que define el riesgo potencial en funci\u00f3n del grado de degradaci\u00f3n del material y de las condiciones del entorno. Una placa de fibrocemento \u00edntegra en una cubierta a la que nadie sube no plantea el mismo riesgo que un bajante agrietado en un patio donde se tiende la ropa cada d\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mientras no haya reglamento, la Ag\u00e8ncia publica un <a href=\"https:\/\/residus.gencat.cat\/ca\/ambits_dactuacio\/tipus_de_residu\/amiant\/model_certificat\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">modelo b\u00e1sico de certificado de presencia o ausencia de amianto visible<\/a>, gratuito y en formato Word, para que lo usen los profesionales habilitados.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>C\u00f3mo es la visita de un arquitecto: d\u00f3nde se mira y c\u00f3mo se valora el estado<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley tampoco describe la visita. En la pr\u00e1ctica consiste en recorrer los elementos donde el amianto se us\u00f3 con m\u00e1s frecuencia, comprobar en qu\u00e9 estado est\u00e1n y dejarlo documentado para que el certificado se pueda justificar. Conviene que el documento deje constancia tambi\u00e9n de las zonas a las que no se pudo acceder, porque lo que no se ve no queda cubierto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para valorar estado y riesgo existe una referencia t\u00e9cnica publicada. La <a href=\"https:\/\/www.insst.es\/documentacion\/material-tecnico\/documentos-tecnicos\/metodologia-valoracion-riesgo-potencial-de-materiales-con-amianto-instalado-2025\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">metodolog\u00eda de valoraci\u00f3n del riesgo potencial de materiales con amianto instalado del INSST<\/a> (documento DD.138.1.25, de 2025) punt\u00faa cuatro factores:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Caracter\u00edsticas del material<\/strong>: tipo de producto y c\u00f3mo est\u00e1 fabricado.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Facilidad para liberar fibras<\/strong>: si est\u00e1 compacto o si se desmenuza, se agrieta o est\u00e1 erosionado.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Entorno<\/strong>: d\u00f3nde est\u00e1 instalado y a qu\u00e9 agentes se expone (intemperie, golpes, vibraciones).<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Probabilidad de exposici\u00f3n de las personas<\/strong>: cu\u00e1nta gente pasa cerca y con qu\u00e9 frecuencia.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con esa puntuaci\u00f3n el material se clasifica por nivel de riesgo. Naci\u00f3 para el \u00e1mbito laboral y la Ley 8\/2026 no lo impone, pero me parece una buena referencia para dar un criterio objetivo a \u00abestado de conservaci\u00f3n\u00bb y \u00abriesgo\u00bb, y encaja con los criterios de degradaci\u00f3n y entorno del art\u00edculo 2.h.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>Cubiertas, bajantes, dep\u00f3sitos, conductos, pavimentos y aislamientos<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En inmuebles anteriores a 2002, estos son los elementos que m\u00e1s se revisan:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Cubiertas<\/strong>: placas onduladas de <em>uralita<\/em> en terrados, garajes, trasteros y naves.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Bajantes y chimeneas<\/strong>: tubos de fibrocemento, muchas veces en patios de luces o fachadas traseras.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Dep\u00f3sitos de agua<\/strong>: los tanques de fibrocemento de azoteas y cubiertas.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Conductos de ventilaci\u00f3n<\/strong>: tambi\u00e9n de fibrocemento en muchos edificios de la \u00e9poca.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Pavimentos<\/strong>: algunos suelos vin\u00edlicos antiguos.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Aislamientos t\u00e9rmicos o ign\u00edfugos<\/strong>: m\u00e1s habituales en naves y locales que en viviendas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En cada elemento se mira si el material est\u00e1 entero o si tiene roturas, desconchados o superficies erosionadas. \u00cdntegro, suele tener un riesgo bajo; al romperlo, taladrarlo o cortarlo, que es lo que ocurre en una reforma, libera fibras. Por eso tambi\u00e9n conviene que el t\u00e9cnico pregunte por intervenciones anteriores, como un bajante cortado para pasar una instalaci\u00f3n o una cubierta reparada a trozos.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>Inspecci\u00f3n visual frente a toma de muestras y laboratorio<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El m\u00ednimo legal se cubre con inspecci\u00f3n visual, y la ley no exige laboratorio. A simple vista, un t\u00e9cnico puede identificar un material compatible con amianto por su tipo, su aspecto y la \u00e9poca de la construcci\u00f3n. Confirmar que de verdad lo contiene requiere tomar una muestra y analizarla en laboratorio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La toma de muestras es un servicio adicional, con su propio coste. Suele compensar en dos casos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Cuando vas a reformar y la obra va a tocar un material dudoso.<\/li>\n\n\n\n<li>Cuando la presencia o ausencia de amianto en un elemento concreto pesa en una decisi\u00f3n de compra o en una negociaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si tu certificado se basa solo en la inspecci\u00f3n visual, es razonable pedir que el documento lo diga expresamente, para que quien lo lea sepa qu\u00e9 se ha comprobado y qu\u00e9 no.<\/p>\n\n\n\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong>Amianto oculto: lo que una visita no ve<\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 2.i, al definir el censo de bienes con amianto, habla de materiales \u00abvisibles, camuflados u ocultos\u00bb. Como el certificado cubre solo lo visible, lo que queda tras un falso techo, dentro de un bajante empotrado o bajo un pavimento queda fuera del m\u00ednimo, salvo que el t\u00e9cnico ampl\u00ede el estudio.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ese amianto puede estar dentro de c\u00e1maras de aire, en conductos empotrados o detr\u00e1s de revestimientos, y a menudo solo aparece al abrir, a veces en mitad de una obra. Por eso un certificado de ausencia no garantiza que el inmueble est\u00e9 libre de amianto. Si compras para reformar a fondo, tiene sentido pedir un estudio m\u00e1s amplio antes de cerrar la operaci\u00f3n, igual que har\u00edas con un <a href=\"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/blog\/que-es-informe-inspeccion-tecnica-vivienda-para-que-sirve\/\">informe de inspecci\u00f3n t\u00e9cnica de la vivienda<\/a> para conocer su estado real.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qui\u00e9n puede firmarlo y c\u00f3mo conseguirlo<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Arquitectos, arquitectos t\u00e9cnicos e ingenieros: qu\u00e9 dice la normativa<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley <strong>no nombra ninguna profesi\u00f3n<\/strong>. El <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/datosabiertos\/api\/legislacion-consolidada\/id\/BOE-A-2026-17836\/texto\/bloque\/a2-3\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 21.3 de la Ley 8\/2026<\/a> dice que \u00ablas caracter\u00edsticas y la competencia para la emisi\u00f3n del certificado de presencia o ausencia de amianto deben determinarse por reglamento\u00bb, y ese reglamento todav\u00eda no existe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Mientras llega, la Ag\u00e8ncia ha fijado un criterio para el periodo transitorio. En su <a href=\"https:\/\/residus.gencat.cat\/ca\/ambits_dactuacio\/tipus_de_residu\/amiant\/model_certificat\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">p\u00e1gina sobre el modelo de certificado<\/a> indica que puede emitirlo cualquier profesional habilitado por la Ley de Ordenaci\u00f3n de la Edificaci\u00f3n (LOE), siempre \u00aben funci\u00f3n de sus competencias\u00bb:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Arquitectos.<\/li>\n\n\n\n<li>Arquitectos t\u00e9cnicos.<\/li>\n\n\n\n<li>Ingenieros e ingenieros t\u00e9cnicos.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es la lectura del organismo que gestiona el certificado, no el texto de la ley, y <strong>el reglamento podr\u00eda concretarla o acotarla<\/strong>. El <a href=\"https:\/\/www.arquitectes.cat\/ca\/suport\/publicada-la-llei-erradicacio-amiant\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Col\u00b7legi d&#8217;Arquitectes de Catalunya<\/a> tambi\u00e9n da por hecho que ese desarrollo regular\u00e1 la cualificaci\u00f3n de quien lo emita.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El modelo b\u00e1sico de la Ag\u00e8ncia es una plantilla para que la firme un t\u00e9cnico despu\u00e9s de visitar el inmueble, y cada apartado depende de lo que se observa en la visita, as\u00ed que descargarlo y rellenarlo t\u00fa no sirve como certificado.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Pasos para pedirlo, qu\u00e9 documentaci\u00f3n preparar y qu\u00e9 exigir al t\u00e9cnico por escrito<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Concreta qu\u00e9 unidad hay que certificar<\/strong>, piso, local o nave.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Pide presupuesto a un t\u00e9cnico habilitado:<\/strong> expl\u00edcale el tipo de inmueble, su a\u00f1o de construcci\u00f3n aproximado y si vas a vender o alquilar; sobre c\u00f3mo elegir a qui\u00e9n encarg\u00e1rselo hay m\u00e1s criterios en <a href=\"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/blog\/como-elegir-buen-arquitecto\/\">c\u00f3mo elegir un buen arquitecto<\/a>.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Re\u00fane lo que tengas sobre el inmueble:<\/strong> pregunta al t\u00e9cnico qu\u00e9 quiere ver antes de la visita. Si guardas papeles de obras anteriores (un cambio de cubierta, bajantes sustituidas, una retirada de <em>uralita<\/em>), tenlos a mano.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Facilita el acceso el d\u00eda de la visita:<\/strong> cubierta, trastero, cuarto de contadores o cualquier espacio con instalaciones antiguas. Lo que no se puede ver no queda reflejado.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Revisa el certificado antes de entregarlo,<\/strong> para comprobar que corresponde a tu inmueble y que recoge lo que hab\u00edais acordado.<\/li>\n<\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Antes de encargarlo, pide que quede por escrito en el presupuesto o en el propio certificado:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Alcance:<\/strong> si ser\u00e1 una inspecci\u00f3n visual o incluir\u00e1 toma de muestras y an\u00e1lisis de laboratorio.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Contenido:<\/strong> el m\u00ednimo del art. 21.3 (amianto visible, estado de conservaci\u00f3n y riesgo).<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Unidad certificada:<\/strong> direcci\u00f3n y referencia del piso, local o nave concretos.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Fecha de la visita:<\/strong> el certificado describe el estado del inmueble en ese d\u00eda.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Datos del t\u00e9cnico:<\/strong> nombre, titulaci\u00f3n y firma, para comprobar que su profesi\u00f3n est\u00e1 entre las admitidas.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Cu\u00e1nto cuesta y cu\u00e1nto tarda<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley <strong>no establece precio ni plazo<\/strong>, y tampoco hay una tarifa oficial. Las cifras que circulan son ofertas comerciales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo que m\u00e1s mueve el coste y el tiempo es el tama\u00f1o y tipo de inmueble (no es lo mismo un piso que una nave con cubierta de fibrocemento), la accesibilidad de cubiertas y patios, si hay laboratorio, que suma su coste y la espera de resultados, y el desplazamiento, que algunas empresas cobran aparte.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si adem\u00e1s necesitas el certificado energ\u00e9tico para la misma operaci\u00f3n, pregunta si pueden hacer las dos visitas a la vez. Y cuando compares presupuestos, mira el alcance antes que el precio.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Validez y cu\u00e1ndo conviene repetirlo<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art. 21 <strong>no fija plazo de validez ni caducidad<\/strong>. Define el certificado como el reflejo del estado del inmueble \u00aben el momento de su emisi\u00f3n\u00bb. Mi recomendaci\u00f3n, como criterio t\u00e9cnico y no como regla legal, es repetirlo cuando lo que describe ya no se corresponde con la realidad:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Despu\u00e9s de obras<\/strong> que afecten a cubiertas, bajantes, conductos o pavimentos.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Si un material se ha deteriorado<\/strong>, por ejemplo una cubierta de fibrocemento da\u00f1ada tras un temporal.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Tras una retirada<\/strong>, para que el certificado refleje la ausencia y no la presencia.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si el certificado se emiti\u00f3 antes de una obra o de un cambio en el inmueble, confirma con la notar\u00eda o con la otra parte si esperan uno actualizado.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>C\u00f3mo lo preparamos en Nomadas Architecture<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Nomadas Architecture somos arquitectas, una de las profesiones que la Ag\u00e8ncia de Residus admite para firmarlo mientras no haya reglamento, y podemos preparar el certificado de presencia o ausencia de amianto de tu inmueble. Si lo necesitas, escr\u00edbenos y lo vemos contigo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Qu\u00e9 pasa si se detecta amianto<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfSe puede vender o alquilar igualmente?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">S\u00ed. El art. 21 de la Ley 8\/2026 obliga a <strong>informar de la presencia o ausencia de amianto<\/strong>, y en ning\u00fan punto condiciona la venta o el alquiler a que antes se retire. Un certificado con resultado de presencia sirve igual para firmar la operaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art. 11 de la misma ley obliga al propietario a <strong>mantener el inmueble libre de amianto una vez identificado<\/strong> y a adoptar medidas para retirarlo. La disposici\u00f3n adicional 4.\u00aa a\u00f1ade que los obligados deben retirar el amianto en los plazos que fijen con car\u00e1cter vinculante las instituciones competentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hoy no existe en estos textos un plazo general e individual para el propietario particular. El a\u00f1o 2032 es un objetivo europeo, no una fecha vinculante para tu piso, as\u00ed que lo prudente es tratar el resultado como un trabajo pendiente, con calendario a\u00fan por concretar.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la pr\u00e1ctica, quien compra asume esa obligaci\u00f3n junto con el inmueble. Si sale amianto, conviene <strong>pedir presupuesto de retirada y de reposici\u00f3n del elemento antes de negociar<\/strong>, para que el precio se discuta con cifras reales y no con suposiciones.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Conservar vigilado o retirar: c\u00f3mo decide un t\u00e9cnico<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El pre\u00e1mbulo de la Ley 8\/2026 establece que los materiales deben retirarse <strong>salvo que t\u00e9cnicamente est\u00e9 desaconsejado<\/strong>, de modo que lo que el t\u00e9cnico valora es el orden y el momento de la retirada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La metodolog\u00eda del INSST que vimos en la inspecci\u00f3n clasifica cada material en una de estas tres salidas:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Retirada prioritaria:<\/strong> el estado del material o la exposici\u00f3n de las personas hacen que no convenga esperar.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Control activo:<\/strong> el material se deja de momento, pero con seguimiento peri\u00f3dico de su estado.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Mantenimiento preventivo:<\/strong> se conserva en buenas condiciones mientras se programa la retirada.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como ilustraci\u00f3n, y no como clasificaci\u00f3n oficial, una placa de fibrocemento \u00edntegra en una cubierta a la que nadie sube suele encajar en control activo o mantenimiento preventivo, mientras que un bajante agrietado en un patio de uso diario apunta a retirada prioritaria. Los criterios de prioridad y las fases de retirada siguen pendientes de reglamento. Si un t\u00e9cnico considera que tu <em>uralita<\/em> puede esperar, lo recomendable es que lo deje por escrito, con la clasificaci\u00f3n que ha aplicado y cada cu\u00e1nto hay que revisarla.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Retirada: empresa RERA, plan de trabajo y documentaci\u00f3n que conviene guardar<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La retirada de amianto de edificios e instalaciones entra de lleno en el RD 396\/2006 (art. 3), y su art. 17 reserva estos trabajos a empresas inscritas en el <strong>RERA<\/strong> (Registro de Empresas con Riesgo por Amianto). Una empresa de reformas sin esa inscripci\u00f3n no puede desmontarlo, por peque\u00f1o que sea el trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Antes de empezar, la empresa presenta un <strong>plan de trabajo<\/strong> ante la autoridad laboral (art. 11 del RD 396\/2006). La administraci\u00f3n dispone de 45 d\u00edas para responder y, si no lo hace de forma expresa, el plan se entiende aprobado. Conviene sumar ese plazo al calendario si hay una venta o una reforma en marcha.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El registro catal\u00e1n de empresas y profesionales capacitados se suma al RERA, no lo sustituye.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En una reforma de un inmueble anterior a 2002, lo sensato es comprobar si hay amianto antes de firmar el contrato de obra, y lo habitual es que la retirada figure como <strong>partida separada<\/strong> del presupuesto. Terminada la intervenci\u00f3n, estos son los documentos que interesa conservar:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Plan de trabajo aprobado:<\/strong> acredita que la retirada se hizo por la v\u00eda legal.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Justificantes de gesti\u00f3n de residuos:<\/strong> demuestran que el material acab\u00f3 en un gestor autorizado.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Certificado posterior a la retirada:<\/strong> refleja el nuevo estado del inmueble y es lo que querr\u00e1 ver el pr\u00f3ximo comprador o inquilino.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Ley 8\/2026 dedica su art. 26 a las subvenciones y ayudas. Tu administrador de fincas es un buen primer contacto, porque debe informar de ellas a la comunidad. Requisitos, cuant\u00edas y pasos para pedirlas est\u00e1n en nuestra gu\u00eda sobre <a href=\"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/blog\/subvenciones-retirada-amianto-catalunya-requisitos-cuantias-como-solicitarlas\/\">subvenciones para la retirada de amianto en Catalu\u00f1a<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En naves, locales y oficinas las obligaciones son las mismas que en una vivienda, pero la escala cambia: el amianto suele concentrarse en la cubierta de <em>fibrocemento<\/em>, y retirarla implica reponerla, algo que pesa en el presupuesto tanto como la retirada. Conviene revisar tambi\u00e9n bajantes, conductos, dep\u00f3sitos y aislamientos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Precio, arras, Registro y sanciones en la operaci\u00f3n<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Efecto en el precio y qu\u00e9 revisar en el contrato de arras<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Ley 8\/2026 no dice nada sobre el precio. Lo que s\u00ed ocurre en la pr\u00e1ctica es que un resultado de presencia le da al comprador informaci\u00f3n para calcular cu\u00e1nto le costar\u00e1 conservar ese material vigilado o retirarlo, y negocia con ese dato. No hay cifras fiables de cu\u00e1nto baja el precio, y yo desconfiar\u00eda de quien te d\u00e9 un porcentaje fijo. Una bajante de fibrocemento en buen estado y una cubierta de <em>uralita<\/em> agrietada y extensa son escenarios muy distintos, y el propio certificado es lo que permite separarlos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las arras y los vicios ocultos son terreno del derecho civil, y la ley del amianto no los regula. Mi criterio prudente como arquitecta:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Que el contrato mencione el certificado:<\/strong> fecha, t\u00e9cnico que lo firma y resultado, con el documento adjunto como anexo.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Si hay presencia, deja por escrito el reparto:<\/strong> qui\u00e9n asume la retirada o el seguimiento, en qu\u00e9 plazo y si alguna de las partes va a pedir ayudas para la retirada.<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Consulta la redacci\u00f3n con tu notar\u00eda o tu abogado,<\/strong> que son quienes pueden valorar qu\u00e9 consecuencias tendr\u00eda ocultar el amianto en tu caso.<\/li>\n<\/ul>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>Constancia en el Registro de la Propiedad<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo fija la disposici\u00f3n adicional s\u00e9ptima. Al inscribir una transmisi\u00f3n onerosa de la finca (es decir, con contraprestaci\u00f3n, como una compraventa), debe consignarse en el Registro la certificaci\u00f3n de presencia de materiales con amianto y, adem\u00e1s, si se han obtenido subvenciones o ayudas del art\u00edculo 26 para retirarlo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La disposici\u00f3n remite a \u00ablos t\u00e9rminos establecidos por la normativa de suelos contaminados\u00bb y no detalla c\u00f3mo se har\u00e1 en la pr\u00e1ctica, aunque la intenci\u00f3n es que el amianto declarado deje rastro registral. Es previsible que el siguiente comprador pueda encontrarlo al revisar la informaci\u00f3n registral del inmueble, aunque la ley no lo detalla.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfQu\u00e9 pasa si no entrego el certificado? Sanciones por no entregarlo<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La <strong>Ley 8\/2026 considera una infracci\u00f3n leve no entregar el certificado de presencia o ausencia de amianto<\/strong> en una compraventa o alquiler. La sanci\u00f3n prevista para las infracciones leves es de <strong>entre 100 y 3.000 \u20ac<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cuant\u00eda concreta depender\u00e1 de factores como el riesgo para la salud, la cantidad y el estado de conservaci\u00f3n del material.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Eso s\u00ed, aunque la obligaci\u00f3n de entregar el certificado est\u00e1 vigente desde el <strong>3 de octubre de 2026<\/strong>, el r\u00e9gimen sancionador espec\u00edfico est\u00e1 todav\u00eda pendiente de desarrollo reglamentario. Por tanto, <strong>el certificado ya es obligatorio, aunque la aplicaci\u00f3n de estas sanciones est\u00e9 pendiente de dicho desarrollo<\/strong>.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Preguntas frecuentes<\/strong><\/h2>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfEs obligatorio el certificado de amianto si alquilo y no vendo?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">S\u00ed. El art. 21.2 lo exige \u00abcuando se venda o alquile un inmueble\u00bb, as\u00ed que el arrendador lo entrega al inquilino igual que el vendedor al comprador.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfCaduca el certificado?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley no fija plazo de validez: el art. 21 lo define como el reflejo del estado del inmueble \u00aben el momento de su emisi\u00f3n\u00bb. Conviene repetirlo si cambia ese estado, por ejemplo tras una obra.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfPuedo hacerlo yo mismo con el modelo de la Ag\u00e8ncia de Residus?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No. El modelo es una plantilla para que la rellene un t\u00e9cnico habilitado tras visitar el inmueble.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfYa me pueden multar por no entregarlo?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La obligaci\u00f3n rige desde el 3 de octubre, pero la escala del art. 54 (100 a 3.000 euros para las infracciones leves) depende de un decreto que a\u00fan no se ha aprobado (disposici\u00f3n final s\u00e9ptima).<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfCu\u00e1nto cuesta y cu\u00e1nto tarda?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley no fija precio ni plazo y las cifras que circulan son comerciales. Pide presupuesto cerrado y fecha de entrega por escrito antes de la visita.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfTengo que retirar la uralita antes de vender?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No. La ley obliga a informar, no a retirar. El art. 11 s\u00ed obliga al propietario a actuar sobre el amianto identificado, con los plazos que marquen las instituciones competentes, as\u00ed que conviene hablarlo con el comprador y reflejarlo en las arras.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfSe encarga la inmobiliaria o la notar\u00eda?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No. La obligaci\u00f3n es del <strong>propietario o arrendador<\/strong>. El administrador de fincas vela y asiste (art. 12.1.b), y la inmobiliaria o la notar\u00eda pueden ped\u00edrtelo, pero encargarlo es cosa tuya.<\/p>\n\n\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfSe exige fuera de Catalu\u00f1a?<\/strong><\/h3>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No. La Ley 8\/2026 es una norma del Parlament de Catalunya y solo obliga respecto de inmuebles situados en Catalu\u00f1a, aunque el BOE tambi\u00e9n la publicara.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si vas a vender o alquilar, pide el certificado antes de publicar el anuncio y no con las arras ya sobre la mesa. Si tu inmueble es anterior a 2002, casi seguro lo necesitas; si es posterior, cons\u00faltalo con un t\u00e9cnico antes de descartarlo. Si quieres que lo preparemos nosotras para tu vivienda, local o nave, escr\u00edbenos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfHas o\u00eddo ya algo del certificado en tu comunidad o en tu operaci\u00f3n? Cu\u00e9ntamelo en los comentarios.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfVas a vender o alquilar un inmueble en Catalu\u00f1a? Desde octubre necesitas un nuevo certificado. Desde el 3 de octubre de 2026, vender o alquilar un inmueble en Catalu\u00f1a implica un tr\u00e1mite nuevo: acreditar si existe o no amianto en la propiedad. La entrada en vigor de la Ley 8\/2026, de 2 de julio, de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[823],"tags":[],"class_list":["post-3476","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-regulaciones-y-permisos"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3476","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3476"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3476\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3478,"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3476\/revisions\/3478"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3476"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3476"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/nomadas-architecture.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3476"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}